26 Mar 2015

Bruno Baranda – La paradoja de la Reforma Laboral

Nadie podría restarse al desafío de acortar las brechas sociales y de promover condiciones más justas y equitativas en nuestra sociedad. Un buen lugar para comenzar a abordar este desafío es la empresa, ámbito en el que interactúan no sólo trabajadores y empleadores, sino también sindicatos, asociaciones gremiales, asesores y autoridades tanto gubernamentales como administrativas.

El camino para colaborar y conciliar intereses diversos, es el diálogo y la confianza. Para ello, hay que compartir algunas nociones de fondo, como la dignidad del trabajador, el bien común, el valor subjetivo del trabajo, el rol social de la empresa y su aporte al bienestar integral de las personas. Compartir también el  rol crucial que cumplen los sindicatos, que bien inspirados y liderados, son sin duda, una institución eficaz para representar los intereses de los trabajadores. Promover un círculo virtuoso que comienza con condiciones justas y una buena calidad de vida laboral, que a su vez produce mejores niveles de productividad, mayores beneficios, estabilidad, un piso de confianza y buena voluntad entre las partes.

Pero ¿aporta el actual proyecto de Reforma Laboral al clima y desafíos anteriormente descritos? En primer lugar, preocupa que éste no haya sido consensuado con una mayoría de líderes sindicales ni de los gremios de empleadores. Parece más bien fruto de un trabajo  a puerta cerrada de los equipos del gobierno, la CUT y de un grupo de parlamentarios. Por otra parte, tampoco se hace cargo de realidad actual del mundo del trabajo, ni del contexto de las relaciones laborales del Chile de hoy. Aunque no en todo su texto, el proyecto pierde la oportunidad de dar respuestas equilibradas, coherentes y sistematizadas a los desafíos que hay que asumir.  Parece más bien una reforma con fuerte carga ideológica, que mira las relaciones laborales con ojos del pasado y con un enfoque parcial en lugar de integral. Incluso, las propuestas positivas y novedosas que contiene –que deben ser reconocidas-, se diluyen porque carecen de la sistematicidad y coherencia que otras normas del mismo texto proponen. También se choca con principios del derecho, incluso “pro operario” que organismos como la OIT llaman a respetar.

Por ejemplo, ¿por qué coartar la libre determinación y el derecho de los trabajadores a reintegrarse a sus trabajos en medio de una huelga, sea que estén de acuerdo con las condiciones propuestas por el empleador o en desacuerdo con la negociación que estén llevando sus dirigentes sindicales? Otro punto que revela este no respeto a la autonomía del trabajador, se ve  en la  eliminación del derecho a censura contemplado en el art. 379 del Código del Trabajo. Aunque la mayoría de los trabajadores afiliados a un sindicato – incluso la unanimidad de ellos con excepción de los dirigentes -, en proceso de negociación colectiva, difiera de la estrategia de sus dirigentes o quisieran aceptar la oferta del empleador, no podrán hacer valer  su parecer y, por el contrario, se impondrá la decisión de los dirigentes sindicales. En efecto, el proyecto, con el pretexto de mejorar la posición negociadora del sindicato, empoderando a sus dirigentes, desconsidera totalmente la voluntad de los trabajadores, aunque sean amplia mayoría, haciéndoles perder su derecho a censura, su libertad y autonomía.

En otros aspectos también se manifiesta esta paradoja: por una parte exige un quórum de representatividad muy alto a los sindicatos para negociar la adaptabilidad de ciertas condiciones de trabajo (favoreciendo la rigidez), y por otra, le es indiferente al legislador la representatividad que un sindicato pueda tener al prohibir la negociación con trabajadores no afiliados  –aunque éstos sean la mayoría del total de trabajadores de la empresa-. Igual falta de coherencia normativa se observa al entregarle a los dirigentes del sindicato, por reducido que éste sea, la facultad de decidir si es que se extienden o no los beneficios de un instrumento colectivo. 

Así las cosas, esta reforma daña la dignidad de los trabajadores, lesionando su libertad y autonomía para decidir soberanamente, ya sea en forma individual o colectiva. 

Y los vacíos de este proyecto: Medidas que permitan adecuar la legislación laboral en aras de promover más y mejores empleos, en el contexto de una sociedad del conocimiento, móvil y dinámica, aprendiendo de los países que disfrutan de los beneficios de una legislación moderna y flexible, con una adecuada regulación y fiscalización que asegure empleos de calidad. Así como tampoco regula la participación de los trabajadores en la evolución y ciclos de la empresa, en los resultados económicos y crecimiento de ella, ni en la productividad. No se hace cargo de deudas pendientes como la universalizacióndel derecho a sala cuna, la integración al mundo laboral de quienes son marginados, de quienes tienen capacidades diferentes, adultos mayores, mujeres y jóvenes de sectores más vulnerables, con bajo conocimiento, que carecen de oportunidades laborales.  

Bruno Baranda, presidente USEC.
Publicación: Pulso, jueves 26 de marzo de 2015.